PROCESO.
Migración, refugio y los derechos humanos
Desde el momento en que los más remotos antepasados de la humanidad salen de las tierras del actual continente africano para poblar el planeta, la migración es un hecho humano constante, que ocurre por las más diversas causas. Los movimientos migratorios motivados por las guerras, hambrunas, pestes y enfermedades, han sido parte de la experiencia humana y no pocas de las naciones más ricas y desarrolladas de todos los continentes han sido construidas por los emigrantes. La migración es pues un hecho que ha existido desde que Adán y Eva dejaron el jardín del Edén.
Las estadísticas regionales revelan un aumento sostenido en los indicadores de las personas que han migrado en las últimas dos décadas. En algunos países, sectores clave de las economías dependen de la explotación de la mano de obra extranjera y el tráfico irregular de personas genera ganancias de millones de dólares a organizaciones internacionales de delincuentes, a costa del dolor y la miseria de los segmentos más vulnerables de la población. Las distintas caras de esta realidad están presentes en los millones de emigrantes y refugiados que sufren el asedio cotidiano a la dignidad inherente a todo ser humano.
Contra el hecho y la dinámica de los procesos migratorios, una vez consolidados los Estados, se inicia el abordaje desde la política a través de diversos mecanismos jurídicos y administrativos, que van a definir una postura para el control de los flujos migratorios, más allá de la cual, hoy en día, deben considerarse aspectos tan diversos y realidades sociales, económicas y políticas, que se dan en contextos históricos y geográficos, algunas veces comunes y otras muy distantes. Aspectos que sobrepasan algunos de los tópicos o temas tan comunes a las legislaciones que promueven o incentivan tipos privilegiados de movimientos migratorios, como los relacionados con el turismo o los negocios, que pueden significar grandes ganancias para los Estados que las reciben, pero que tradicionalmente excluyen de entre aquellas situaciones a las que tienen que ver con escenarios trágicos como las guerras, persecuciones políticas, los desplazamientos forzados de personas por la violencia generalizada o por razones de inestabilidad económica.
Estos aspectos que inciden en el flujo internacional de personas, generalmente dejan de ser considerados en las políticas migratorias y se enmarcan en las políticas de seguridad de los Estados, olvidándose en no pocas ocasiones de las tragedias humanitarias y por lo tanto del trato que en consecuencia debe serle dispensado a las personas, de acuerdo al derecho internacional de los derechos humanos, del derecho internacional humanitario, del derecho al refugio y al asilo internacional.
Se trata de situaciones complejas, multifacéticas y en las que intervienen variables y condiciones distintas, que también significan cargas y condiciones distintas para los Estados, pero que deben ser asumidas desde una óptica común, aquella que emana del principio recogido en el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: "todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros".
La definición de una política migratoria de avanzada y en consonancia con los derechos humanos, debe proponerse la superación de las concepciones que limitan o restringen el derecho migratorio a aquel que define la facultad soberana del Estado en relación a quienes ingresan o salen de sus fronteras, guardando un balance entre la seguridad y control de las fronteras y aquellas relativas a las exigencias propias de la dignidad humana.
No existe un modelo maestro para el diseño de las políticas migratorias, ya que éstas deben considerar realidades e intereses muy diversos, que varían de una región o un continente a otro, e inclusive de un país a otro y por cuanto que la dinámica migratoria refleja una constante movilidad. Pero por estas mismas razones no podemos dejar de considerar algunas de las referencias políticas, jurídicas, sociales y culturales que vienen marcando el momento o la coyuntura histórica que estamos viviendo.
Es en este sentido en el que es válido recordar lo importante que es tener presente al momento de adoptar medidas legislativas reguladoras de la actividad migratoria, los procesos globales y regionales de articulación económica y política a través de tratados o convenios internacionales de libre comercio, que entre otras cosas se plantean el libre flujo de mercaderías o capitales, al mismo tiempo que levantan murallas al libre tránsito internacional de personas.
Desde este punto de vista, podemos plantearnos la interrogante acerca de las posibilidades de considerar los tratados de libre comercio como vehículos apropiados para llegar a acuerdos migratorios favorables, más aún si tomamos en cuenta que algunos de estos tratados prevén la migración únicamente para la transferencia de personal corporativo, cuando es posible que desde el punto de vista de nuestros intereses se contemple la posibilidad de establecer mecanismos de tránsito de personas que se puedan incorporar a los mercados laborales conjuntos, con el respaldo pleno de los derechos económicos y sociales que se les deben garantizar.
Todo parece indicar que en el futuro cercano el flujo migratorio continuará e incluso crecerá, debido a la persistencia de las razones que se derivan de las distintas formas de la violencia política y de aquellas relacionadas con la delincuencia transnacional y ante la inequidad y la inestabilidad económica y social que sufre nuestra región.
Esta situación requiere de la atención de los gobiernos y la sociedad civil en torno a la protección de los derechos humanos de los migrantes y refugiados. Y tal y como ya fue recomendado por la Red Regional de Organizaciones Civiles para las Migraciones, en el año 2001, los instrumentos internacionales pueden ofrecer un marco para determinar cómo deben los países proteger los derechos humanos y la dignidad de estas poblaciones vulnerables, y presentar una perspectiva en cuanto a cómo puede expresarse esto en nuevas leyes, políticas, programas y prácticas que favorezcan y aseguren la libertad y la igualdad de las poblaciones de emigrantes y refugiados.
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